Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional - RCC
Legislación del Régimen de Capitalización Colectiva

Reglamento RCC Ley 8721
 

Régimen de Capitalización Colectiva

Creado al amparo de la Ley 7302, del 15 de julio de 1992.
Administración exclusiva de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional.
Supervisado SUPEN.
Ámbito de Cobertura: Sin excepción, todos los servidores de la educación nacional, incorporados por primera vez a partir del 15 de julio de 1992.
El Régimen es de adscripción obligatoria .

COTIZACIÓN:

8.00% el Trabajador
6.75% Patrono
1.41% Estado como tal
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Total 16.16%

TIEMPO DE SERVICIO: 396 cuotas y 55 años de edad

MONTO DE REMPLAZO: 60% del salario promedio, por las primeras 240 cotizaciones. Más un 0.1% de ese salario por cada cuota adicional, después de las primeras 240.

Ver Reglamento del RCC Completo

 

Dirección: Calle 21, Av.8 y 10. San José, Costa Rica. Apdo. Postal 3974-1000

Correo electrónico:

jupema@juntadepensiones.cr

Teléfono:

+506 2284-6500

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