MAGISTERIO NACIONAL

COMPROMETIDOS
CON COSTA RICA

En el RÉGIMEN TRANSITORIO DE REPARTO:

Todas las personas trabajadoras de la educación, aportan un alto porcentaje de su salario para crear un fondo común para el pago de las pensiones. La cotización oscila entre 8,75% y 16%.

Todas las personas trabajadoras de la educación cotizantes a éste, aportan, durante toda su vida laboral, un alto porcentaje de su salario para recibir una pensión futura, siendo el Estado el responsable de administrar esos recursos y conformar el fondo para el pago de pensiones.

Todos los pensionados, que fueron trabajadores dedicados a la educación costarricense, aportaron un alto porcentaje de su salario para que el Estado creara el fondo común para el pago de sus pensiones. La cotización osciló entre 8.75% y 16%.

Los pensionados siguen cotizando durante toda su vida, ya que desde 1991 las pensiones están gravadas a través del pago de cotizaciones solidarias que oscilan entre el 25% y 75% del monto de su pensión, siendo el primer régimen del país en hacerlo.

Es un régimen apegado a la legalidad, creado bajo la responsabilidad del Estado costarricense mediante la Ley 2248 “Ley de pensiones y jubilaciones del Magisterio Nacional”.

Los derechos jubilatorios de este régimen se otorgan bajo las leyes 2248, 7268 y 7531.

Es un régimen ya cerrado al que no pueden entrar más cotizantes; a este régimen pertenece solo la tercera parte del total de personas pensionadas y trabajadoras en servicio de la educación.

El 82% de las pensiones que reciben nuestros pensionados son menores a ¢1.230.000.

¡SOMOS BUEN EJEMPLO DE RESPONSABILIDAD!
Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional - JUPEMA - Solidez que garantiza su futuro